Madrid certificará sus viviendas de uso turístico
La Comunidad de Madrid ha aprobado una nutrida batería legal de cara a legalizar el arrendamiento de bienes inmuebles para uso turístico. Como primera medida, para poder ser alquiladas, las viviendas deben de estar en posesión del CIVUT (Certificado de Idoneidad para Viviendas de Uso Turístico)
Madrid avanza en la regulación de las viviendas que se dedican a uso turístico y para ello acaba de instaurar el Certificado de Idoneidad para Viviendas de Uso Turístico (CIVUT). Con dicho certificado se asegura al arrendatario de la vivienda que la misma cumple los estándares exigibles a una vivienda de ese tipo.
La fórmula legal para para aprobar la nueva regulación de los pisos de alquiler turístico será la de Decreto y con la nueva legislación la Comunidad de Madrid puede reservarse el derecho de no autorizar para uso turístico de determinados inmuebles.
Esos inmuebles exentos estarían en comunidades de vecinos en las cuales, por decisión mayoritaria de los propietarios, se acuerde que en esa mancomunidad no estará permitido la existencia de viviendas para ese uso.
La nueva normativa establece la existencia de Canales de Oferta Turística, es decir, sitios web que ofrecen viviendas para uso turístico que obligatoriamente tendrán que estar dotados del citado CIVUT.
De hecho los Canales de Oferta Turistica podrán ser sancionados en caso de que oferten viviendas de uso turístico que no cuenten con los preceptivos permisos, entre ellos, estar dados de alta en el fichero en el cual la Comunidad de Madrid recoge todas las propiedades inmobiliarias que se pueden alquilar como alojamiento turístico.
En la nueva normativa los pisos para uso turístico podrán ser alquilados por más de cinco días y además y pueden ser arrendados durante todo el año, no como ahora que solo podían ser alquilados durante los tres meses de verano.
Fuente: Inmodiario | Imagen: Enrique Arruti
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