Urbanismo centralizado.

Ene 27 •

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Paris champs elyséesNo es la primera vez que leemos las insinuaciones sibilinas o los intentos más directos y jacobinos de recuperar para el Gobierno Central las competencias sobre el urbanismo y la gestión del territorio. En un artículo anterior, al hilo de las [desafortunadas] declaraciones del Fiscal Vercher, bauticé este impulso recentralizador como "urbanismo con mando a distancia". En esta última ocasión -por el momento-, Marcos Vaquer, Director General de Urbanismo y Política de Suelo del Ministerio de Vivienda español, decía hace un par de días en Valencia -según cuenta El País- que:

"Si el Estado tiene competencias sobre el agua no veo por qué no debe tener competencias en materia de urbanismo"

Este ataque de centralismo no es nuevo, como decía, aunque no voy a entrar en las disquisiciones triviales [y tribales] de nacionalistas periféricos [o centralistas], sobre si la cosa pública se gestiona mejor desde más cerca [o más lejos] del ciudadan@. Me parece un debate absurdo, por evidente. Si alguna razón de ser tiene la descentralización del poder del Estado, si algún motivo impulsa y legitima esa descentralización, es precisamente la gestión del territorio, la ordenación territorial y el urbanismo (recordemos su etimología: es la ciencia de las ciudades, no de las naciones ni de los países). Por eso entonces decía que no entendía un "urbanismo con mando a distancia"; por mucho que los golfos y corruptos hayan utilizado la descentralización (y la competencia municipal, sobre todo) para lucrarse ilícitamente, delinquir y pervertir el urbanismo, esta perversión no pone en crisis el modelo, sino la ética de esos mismos gobernantes y los mecanismos de control que han fallado estrepitosamente.

Paris Arco triunfoPero además de las razones que esgrimía entonces para rebatir las supuestas bondades de un sistema jurídico-urbanístico teledirigido desde Madrid para todo el Reino, hay otra cuestión relevante que creo que hay que tener en cuenta para rechazar con rotundidad nuevamente ese globo-sonda recentralizador, la raíz del asunto. Al ser una cuestión más jurídica que técnica me da cierto pudor enunciarla, dada mi ignorancia supina y notoria sobre el tema, pero no puedo dejar de hacerlo. Si me equivoco, mil disculpas, sabré aceptar las correcciones que los verdaderos expertos en derecho constitucional me hagan.

El estado de las autonomías que define la constitución española vigente establece un reparto competencial que, bien puede ser debatido (ojalá así fuera, toda ella, toda la Constitución, toda, debatida, puesta en crisis, analizada, y nuevamente sometida a referendum por tod@s, también por los que por edad no pudimos pronunciarnos allá por 1.978) pero que mientras no se modifique establece claramente "La ordenación del territorio, el urbanismo y la vivienda" (artículo 148.3) como materias que las Comunidades Autónomas podrán asumir, y que de hecho -a través de los Estatutos de Autonomía aprobados por las Cortes- así asumen.

Si lo que queremos es cambiar la Constitución, dígase claramente. Entonces algunos -creo que con total legitimidad- que no compartimos este "sí es-no es", este "quiero y no puedo", "ni chicha ni limoná" del llamado "Estado de las Autonomías", podremos plantear nuevamente nuestro modelo FEDERAL Y REPUBLICANO para España.

(Visto gracias a UrbanismoPatasArriba; las fotos, de París, de los Campos Elíseos y el Arco del Triunfo, símbolos por antonomasia del centralismo francés, procedentes de mi último viaje hasta allá, en Diciembre de 2007)

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